lunes, 25 de enero de 2010

Rechazan intervención del gobierno quien, vía Decreto Supremo, dejó sin efecto el fallo de la Corte Suprema que invalidó la calificación ambiental de la planta termoléctrica de AES Gener en Campiche, comuna de Puchuncaví, V Región.

Fundación Defendamos la Ciudad objeta el proceder el gobierno que publicó en el Diario Oficial del 31 de diciembre de 2009, un decreto supremo del Minvu que modifica la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC) para darle luz verde al paralizado proyecto de la central termoeléctrica de Campiche por estar localizado en un terreno no apto (área verde) para ese tipo de infraestructura. La nueva normativa urbana, de característica nacional, por lo tanto prevalece sobre las normas contempladas en los planes reguladores comunales e intercomunales, establece que si al menos el 30% de la superficie de un terreno permite las actividades productivas y/o de infraestructura, se admitirán en todo ese terreno el uso de suelo de ese porcentaje minoritario, con lo cual la planta de Campiche estará en condiciones de someter nuevamente a aprobación ambiental su proyecto, a sabiendas que con este traje a la medida los tribunales de justicia estarán inhibidos para resolver.

Patricio Herman señaló “nuevamente el gobierno sale en defensa de actores privados que han violado las normativas establecidas en los marcos regulatorios urbanísticos, ambientales y de transporte. Recordemos lo que sucedió con la planta de gas propano de Metrogas, emplazada ilegalmente en una zona de preservación ecológica en la comuna de Peñalolén, tal como lo dictaminó la Contraloría General de la República.

En ese episodio el Minvu también modificó la OGUC y ahora esa planta se considera legal por el cambio introducido en ese cuerpo normativo. Y hace poco tiempo ese ministerio solucionador de irregularidades también modificó la OGUC para viabilizar el proyecto Costanera Center, el cual, por su alta capacidad de carga, debía enfrentar una vía expresa, lo que no acontecía : enfrentaba una vía troncal, lo que lo hacía ilegal. Pero el Minvu recientemente estableció en la OGUC que las vías troncales, para estos efectos, se asimilan a las vías expresas, con lo cual Costanera Center ahora cumple con esa exigencia.

En síntesis, es vergonzoso el comportamiento de ese servicio público y es contradictorio que con este prontuario la OCDE haya admitido en su seno a nuestro país. O los directivos de esta organización internacional no saben nada de nada referente a las prácticas que tienen los países o simplemente es una organización de fachada”

http://www.elclarin.cl/index.php?option=com_content&task=view&id=19962&Itemid=47