Mr. JAMES ANAYA

Relator ONU sobre Pueblos Indígenas
Presente

De mi consideración:

Iorana, junto con saludarlo cordialmente, me dirijo a Ud. con el objeto de
solicitar un llamamiento urgente en contra del Estado de Chile, para que
este ajuste su actuar al derecho internacional de los derechos humanos y de
los derechos indígenas, tal como están contenidos en los tratados
internacionales, como la *Declaración de Derechos de los Pueblos Indígenas
de naciones Unidas*, el *Pacto de Derechos Civiles y Políticos*, el *Pacto
por los Derechos Económicos Sociales y Culturales*, el *Convenio 169 de la
OIT*, entre otros.

Es del caso Sr. Relator, que, tal como Ud. sabe, el gobierno de Chile se
encuentra en estos momentos encabezando un violento proceso represivo contra
los defensores de derechos humanos Rapa Nui, quienes ejerciendo su derecho
de propiedad ancestral, han comenzado a ocupar terrenos fiscales y privados
que les pertenecen, pero que han sido usurpados por el Estado.

Ud. ya ha tenido oportunidad de ver las graves imágenes que resultaron de la
represión en la Plaza de la Gobernación de Rapa nui, así como las del
desalojo de la casa actualmente ocupada por un funcionario del poder
judicial en la isla, que provocó graves heridas, fracturas graves y disparos
a la cara por funcionarios de orden a la población Rapa Nui.

Hoy, el asunto ha escalado al sitio de la última propiedad tomada, que es el
*Hotel Hanga Roa*, por parte de sus legítimos dueños, el clan Hito, pues un
contingente policial, por órdenes del Ministerio Público lo mantiene rodeado
sin dejar entrar ni salir a ninguna persona, desde el 13 de enero.

Por versiones de “Prensa Rapa Nui”, uno de los abogados de los Hito, el ex
fiscal de Isla de Pascua Oscar Vargas, señaló que “este es un arresto
domiciliario obligatorio -que deriva en un ayuno obligado. Esto se hace a
través de vías de hecho sin existir resoluciones judiciales ni facultades
del Ministerio Publico para ello. Estas medidas se toman por supuestos
delitos –como la usurpación no violenta- que según la legislación chilena
sólo llevan aparejadas penas de multa. Y además, en este caso, se deben
aplicar rebajas en virtud de la Ley Pascua y dado que los implicados son
naturales  de esta Isla”.

El procedimiento es abiertamente ilegal, pues los demandantes de esos
terrenos, la familia Schiess, no pudieron formalizar a los Hito, debido a
que el juez  de la isla, Jacobo Hey, se inhabilitó, debiendo nombrarse otro
juez.

El fiscal ha ordenado a Carabineros hacer ingreso al Hotel, sin
formalización por delito alguno. Tampoco se cumple la hipótesis de
flagrancia, pues el delito supuestamente perseguido (la toma de terrenos)
habría comenzado a cometerse hace más de cinco mes.

Pero peor que lo anterior, el fiscal ha ordenado el ingreso de Carabineros
para ver si se han cometido “otros delitos”, sin clarificar cuáles, lo que
extiende ilegalmente la persecución penal, con el único objetivo de provocar
un enfrentamiento artificial en el Hotel, con desalojo, heridos, y violencia
desproporcionada de Carabineros, para así solucionar un problema político,
por vía de la fuerza desmedida.

Todos tenemos derecho a la vida y la salud, y la persecución de conductas
supuestamente delictivas, jamás puede arriesgar la vida de los perseguidos o
requeridos, salvo legítima defensa, lo que en este caso no se da en
absoluto.

Las medidas son aún más ilegales, cuando la Corte Suprema, el día de hoy,
rechazó un recurso de protección  presentado por los propietarios del Hotel
Hanga Roa de Isla de Pascua en contra del clan familiar Hito que mantiene
tomado los terrenos del recinto, debido a que la ocupación de las
instalaciones está siendo solucionada por otras vías legales.

“Las partes han reconocido en estrados la existencia de la querella por
usurpación y violación de morada presentada por la recurrente en contra de
la familia Hito. También se encuentran contestes en que a la fecha el fiscal
del Ministerio Público ha solicitado audiencia de formalización en contra de
17 personas por la participación que les cabe como autores de la ocupación
del hotel”, señaló la sentencia de hoy.

Es por eso Sr. Relator que pido a Ud. realizar un llamamiento urgente al
Estado de Chile, o utilice otras medidas eficaces de acuerdo a su mandato
como Relator ONU, a efectos de persuadir al Estado de Chile, específicamente
al Fiscal Nacional del Ministerio Público, (órgano del Estado con autonomía
constitucional) Sabas Chahuán, para que tome cartas en el asunto, para que
paralice este procedimiento, y ordenando sumario y sancionando al Fiscal
local, quien está arriesgando la vida e integridad física y sicológica de la
población Maori Rapa Nui.

Me despido atentamente en nombre del pueblo Rapa-nui, dándole de mi más
alta consideración y honor.

En apoyo a esta solicitud urgente, firman los Consejeros Electo del Consejo
Nacional  De CONADI, Según Decreto Supremo N°20 de MIDEPLAN.

RAFAEL  TUKI TEPANO
CONSEJERO NACIONAL INDIGENA
RAPA-NUI

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