ANAYA

Fuente: Mapuexpress

Representaciones de organizaciones Mapuche en el centro sur de Chile, extendieron una comunicación al Relator de la ONU de los Pueblos indígenas, Sr. James Anaya, solicitando su intermediación ante el Estado chileno y en particular ante el  gobierno de Michelle Bachelet, con el propósito de que se deroguen dos reglamentos inconsultos que, a juicio de las organizaciones,  transgreden derechos humanos de los pueblos indígenas, para lo cual solicitaron sus buenos oficios a fin de conminar al Estado para que avance en una implementación objetiva del Convenio 169 de la OIT, recogiendo además las directrices que en ese sentido señala la Declaración de la ONU sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.

 

Las representaciones manifiestan en una parte de su misiva: “El ex gobierno que encabezó  Sebastián Piñera, dejó impuesto como últimas gestiones en la materia, dos reglamentos de consulta que recogen dos Decretos Supremos, uno es el N° 66  (15 de Noviembre del 2013) relativo a la consulta en general; el otro es el relativo a proyectos de inversión y de impacto ambiental o Reglamento del Sistema de Evaluación Ambiental N° 40 (30 de Octubre del 2013)… Ambos reglamentos se impusieron sin considerar el consentimiento de Los Pueblos indígenas, con el agravamiento de que no cumplen con los estándares mínimos del derecho internacional  ni con  la finalidad de la consulta, cual es salvaguardar derechos de los pueblos indígenas; por el contrario, son instrumentos que vulneran abiertamente esos derechos”, indicaron.

 

Para las organizaciones, los aspectos del procedimiento previo a su dictación evidencian graves vicios, falencias e ilegitimidad, extendiendo una serie de antecedentes que lo evidencian.  Asimismo, uno de los principales puntos de preocupación de las organizaciones Mapuche es que la consulta con respecto a los proyectos de inversión está  sujeta a una doble regulación, toda vez que se establece que  deben ajustarse a los plazos del Reglamento del Sistema de evaluación de impacto ambiental (SEIA), pero cumpliendo con las etapas dispuestas en este nuevo reglamento, sobreponiéndose al Convenio 169 de la OIT a la Declaración de la ONU sobre los Derechos de los Pueblos indígenas y a las normas sobre autonomía, desarrollo y participación de las Comunidades.

 

En esta línea, argumentan que tanto el Convenio 169 de la OIT, la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, como la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, entre otros, establecen un estándar específico sobre la obligación de los Estados derivadas del deber estatal de protección de los derechos de los pueblos indígenas sobre sus tierras y recursos y que deben ser atendidas e implementadas en toda iniciativa administrativa y legislativa que se quiera aplicar en el País, recordando que la Presidenta Bachelet se comprometió en su programa de gobierno a revisar el reglamento decreto 66 y reglamento decreto 40 (SEIA).

 

Las representaciones que extendieron la Comunicación al Relator de la ONU solicitando sus buenos oficios son:  Jorge Hueque, werken del  Parlamento Mapuche de Koz Koz de Panguipulli;  Iván Reyes Alcaman, de la Asociación Mapuche Ayun Mapu de Quepe;  Pablo Huaiquilao y Sandra Quiñenao del Lof Mapu Karilafken de Pitrufquen; Isabel Cañet Caniulen del partido autonomista Mapuche “Wallmapuwen”; Alfredo Seguel,  del Grupo de trabajo Mapuche por derechos colectivos; Francisco Vera Millaquen, werken de la Comunidad Mapuche Huilliche “PEPIUKELEN”; y Héctor Nahuelpan de  la Comunidad de Historia Mapuche.

 

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 Link Reglamento consulta indígena N° 66 / http://www.ministeriodesarrollosocial.gob.cl/pdf/upload/Reglamento_Nueva_Normativa_Consulta_Indigena.pdf

 

 

 

Link al reglamento  SEIA N° 40: / http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=1053563

 

 

Chile.Informe INDH: Reglamento SEIA no cumple estándares internacionales de consulta a pueblos indígenas /http://www.politicaspublicas.net/panel/eia/documentos/1666-indh-reglamento-seia.html

 

 

Informe INDH sobre ‘Mesa de consenso reglamento consulta indígena’: Acuerdos de ‘Mesa’ carecen de legitimidad /http://www.politicaspublicas.net/panel/consulta/reglamentacion/1682-informe-final-indh-mesa-consenso.html

 

 

Mesa de consenso y el marco normativo del deber de consulta. ¿El reglamento en elaboración se ajusta a recomendaciones del Relator ONU? / http://www.politicaspublicas.net/panel/consulta/reglamentacion/1659-marco-normativo-consulta.html

 

 

Consulta previa de proyectos de inversión y Reglamento SEIA / http://www.politicaspublicas.net/panel/consulta/reglamentacion/1658-reglamento-seia-consulta.html

 

 

  “Mesa de consenso consulta indígena” ¿Existe mandato de pueblos para firmar acuerdos e hipotecar derechos? /http://www.mapuexpress.net/content/news/print.php?id=10274

 

 

OIT exige a Chile aplicación efectiva del Convenio 169 sobre consulta a pueblos indígenas http://www.clacpi.org/oit-exige-a-chile-aplicacion-efectiva-del-convenio-169-sobre-consulta-a-pueblos-indigenas/